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Ventas Sucesivas y Servicios Importados: Indispensable en la factura electrónica 4.4 | Boletín Facturele #25

Revisión contable de mercancía en almacén fiscal – Ventas Sucesivas en Factura electrónica versión 4.4

📢 Boletín Tributario #25

🕒 Resumen

¿Qué es lo novedoso?

La versión 4.4 de la factura electrónica en Costa Rica, de aplicación obligatoria a partir de 2025, introduce cambios clave para mejorar la trazabilidad fiscal. Entre las principales novedades se incluye un código específico para ventas sucesivas, diseñado para documentar operaciones locales realizadas con mercancías que aún se encuentran en almacenes fiscales (es decir, sin nacionalizar).

¿Qué permite este nuevo código para ventas sucesivas?

Este código permite emitir una factura sin IVA de forma legal y estructurada, informando a la Dirección General de Tributación que se trata de una venta local sin nacionalización. El cambio resuelve un vacío importante en la facturación de operaciones intermedias en el comercio internacional y facilita el cumplimiento tributario.

¿Qué establece la versión 4.4?

La versión 4.4 establece la obligatoriedad de emitir una Factura Electrónica de Compra para registrar servicios importados en Costa Rica. Esto aplica cuando se contratan servicios a proveedores extranjeros, y busca asegurar el correcto pago del IVA en servicios importados. Este comprobante se emite por el comprador costarricense y actúa como una “autofactura” ante Hacienda, fortaleciendo el control fiscal.

¿Cómo ha reaccionado Factúrele ante estos cambios?

Factúrele ha actualizado su sistema para incorporar todos estos cambios, incluyendo:
✅ Integración del nuevo código para ventas sucesivas en la emisión de facturas.
✅ Generación automática de Facturas Electrónicas de Compra por servicios importados.
✅ Un nuevo reporte detallado de servicios importados, útil para el cumplimiento del IVA.
✅ Actualización de la declaración de IVA sugerida, que incorpora todas estas novedades de forma automática.

Este conjunto de herramientas facilita enormemente el cumplimiento tributario tanto para contadores como para pymes y emprendedores, eliminando errores y agilizando procesos. Factúrele se consolida como la solución más confiable para adaptarse a la nueva versión 4.4 de la facturación electrónica en Costa Rica, brindando eficiencia, legalidad y soporte técnico especializado.

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Contenido Completo

Introducción

El sistema de facturación electrónica en Costa Rica se encuentra en pleno proceso de actualización a la versión 4.4, la cual introduce importantes cambios técnicos y normativos. A partir de mediados de 2025, todos los contribuyentes deberán adoptar esta nueva versión obligatoriamente. Entre las novedades más relevantes está la incorporación de códigos específicos para identificar las “ventas sucesivas” en las facturas, especialmente aquellas operaciones que involucran mercancías resguardadas en almacenes fiscales. Esta mejora responde a necesidades planteadas por contadores, pymes, empresarios y emprendedores, quienes hasta ahora se enfrentaban a retos al facturar ventas de bienes no nacionalizados (sin pagar IVA en ese momento) en el ámbito local.

En este boletín explicaremos en lenguaje técnico pero accesible en qué consisten estos nuevos códigos de ventas sucesivas, cuál es su utilidad práctica y cómo impactan la factura electrónica versión 4.4. También abordaremos otros cambios clave de la nueva versión, como la factura electrónica de compra para servicios importados en Costa Rica, y cómo Factúrele ha respondido actualizando su software para incorporar todos estos cambios.

Veremos las nuevas herramientas de Factúrele, incluyendo un reporte especial para servicios importados que facilita el cumplimiento tributario en materia de IVA, y la actualización automática de la declaración del IVA que entrega a sus clientes. Al final, encontrará recomendaciones y llamados a la acción para adoptar Factúrele y aprovechar sus ventajas, asegurando que su empresa cumpla con la normativa de forma eficiente.

chica ejecutiva facturele con tableta usada como imagen de contenido para el gestor documental tributario

¿Qué son las ventas sucesivas?

En el contexto tributario y aduanero, ventas sucesivas se refiere a una serie de ventas consecutivas que sufre una mercancía antes de ser importada o nacionalizada en el país. En otras palabras, un mismo producto puede cambiar de dueño dos o más veces mientras aún está bajo custodia aduanera (es decir, no ha pagado impuestos de importación ni IVA) antes de su ingreso definitivo al territorio nacional.

La normativa oficial define las ventas sucesivas como:

La serie de ventas de las que es objeto la mercancía antes de su importación o introducción al territorio aduanero nacional, o respecto a una venta en dicho territorio, anterior a la aceptación de la declaración en aduana de la mercancía presentada para la importación

Para ilustrarlo de forma sencilla: imagine que una empresa en el extranjero envía una partida de mercancías a Costa Rica. Esa mercancía llega a un almacén fiscal (un depósito aduanero donde las mercancías permanecen en espera, sin nacionalizar). Mientras los bienes están en el almacén fiscal, una primera empresa costarricense (Empresa A) los compra. Luego, antes de sacarlos del almacén o nacionalizarlos, esa Empresa A se los vende a otra empresa costarricense (Empresa B). Incluso podrían darse más transacciones en cadena. Todas esas serían “ventas sucesivas” realizadas antes de que alguien finalmente importe (nacionalice) la mercancía pagando los tributos de importación e IVA correspondientes.

Este tipo de operaciones es común en el comercio internacional y en la logística local, ya que permite transferir la propiedad de bienes rápidamente sin esperar el proceso aduanero. Sin embargo, fiscalmente planteaba un desafío: ¿cómo facturar esas ventas locales (entre contribuyentes costarricenses) de mercancía que aún no ha sido importada? Al no haberse nacionalizado el bien, todavía no corresponde cargar el IVA en la venta, puesto que el impuesto se generará hasta que la mercancía salga del almacén fiscal e ingrese al mercado nacional formalmente (cuando el último comprador haga la importación).

Con la versión 4.3 de la factura electrónica (y anteriores), no existía un código ni un documento adecuado para reflejar esta situación de manera transparente. Esto ocasionaba dificultades para los contadores y las empresas: la factura electrónica tradicional siempre espera gravar la venta con IVA (salvo exoneraciones o exportaciones), y no contemplaba fácilmente ventas locales sin IVA por estar la mercancía en depósito fiscal. Muchos contribuyentes debían recurrir a explicaciones manuales o tratar la venta casi como una exportación temporal, lo cual no era óptimo ni claro para la Administración Tributaria.

Versión 4.4: código para ventas sucesivas en almacenes fiscales

La nueva versión 4.4 de la facturación electrónica viene a solucionar este problema mediante la inclusión de un código especial para “ventas sucesivas” dentro del campo Condición de la Venta de la factura electrónica. En términos prácticos, ahora el emisor de la factura podrá indicar que la operación corresponde a una venta de mercancía no nacionalizada (es decir, una venta realizada mientras el bien está en un almacén fiscal, pendiente de importación). Este código – identificado en la estructura 4.4 como “Venta Mercancía No Nacionalizada” – actúa como un marcador dentro del comprobante electrónico, informando al fisco sobre la naturaleza especial de la transacción.

Ejemplo 📝

Planteamiento

Suponga que usted (Empresa A) vende un lote de productos a otro contribuyente en Costa Rica (Empresa B), pero con la condición de que la entrega se hará directamente en el almacén fiscal donde los productos se encuentran, y será la Empresa B quien se encargará de importarlos al país. Con la versión anterior, no había un tipo de comprobante ni código específico para facturar esto adecuadamente sin cobrar IVA a nivel local.

Ahora, con la versión 4.4, usted emitirá una factura electrónica indicando el código de venta sucesiva, lo que le permitirá **emitir la factura sin incluir el IVA (ya que ese IVA se pagará en aduanas cuando la Empresa B nacionalice la mercancía) y dejará claro que la operación se realiza bajo el régimen de mercancía no nacionalizada.

¿Qué hace este nuevo campo?

Este nuevo campo de “venta sucesiva” proporciona trazabilidad y transparencia: la Dirección General de Tributación sabrá que se trató de una transacción entre dos empresas costarricenses realizada en territorio aduanero (almacén fiscal). En otras palabras, Hacienda podrá distinguir que aunque hubo una venta local, el producto no estaba aún en el mercado nacional sino en depósito, y por eso no correspondía el cobro inmediato del IVA. Más importante aún, cuando la empresa que finalmente importa haga el trámite aduanero, el sistema podrá relacionar esa importación con la factura emitida previamente bajo código de venta sucesiva, cerrando el ciclo informativo.

¿Qué soluciona?

Desde la perspectiva del contribuyente vendedor (Empresa A), este ajuste soluciona un problema frecuente en la facturación de transacciones con mercancías en almacén fiscal. Ya no se verá obligado a forzar una figura distinta (como exportación ficticia o exención no prevista) para no cobrar un IVA indebido. Ahora cuenta con una forma legítima y oficialmente reconocida de documentar la venta sin IVA, respaldada por la normativa de Hacienda.

Para el comprador (Empresa B), también queda claro que recibirá una factura sin impuesto, pero que tendrá la obligación de liquidar el IVA cuando nacionalice el bien. Todo esto armoniza la práctica comercial con el control fiscal, cerrando puertas a posibles confusiones o abusos.

Detalle técnico

Este código para ventas sucesivas se incorpora en la lista de condiciones de venta de la factura electrónica versión 4.4. Según los anexos oficiales, se añade el valor “Venta de Mercancía No Nacionalizada” como una de las opciones seleccionables en el campo de condición de venta del XML de la factura. Dicho valor está reservado exclusivamente para el tipo de comprobante “Factura Electrónica” (no aplicaría, por ejemplo, a tiquetes electrónicos ni otros comprobantes) y sirve para indicar precisamente ese supuesto de ventas en cadena de bienes antes de la nacionalización.

Al usar este código, Hacienda espera que la factura no contenga monto de IVA, pero sí requiere que se anexe una nota explicativa (según se desprende de las disposiciones técnicas) que aclare la condición de la venta utilizada. De esta forma, queda totalmente documentado por qué esa factura no llevó IVA.

Factúrele está listo

Desde ya, Factúrele ha incorporado este cambio en su plataforma. Los usuarios de Factúrele encontrarán en la emisión de facturas versión 4.4 la opción para marcar una venta como mercancía no nacionalizada (venta sucesiva). El sistema automáticamente aplicará el tratamiento correcto: la factura saldrá sin impuesto de venta y con la codificación adecuada en el XML para cumplir con la validación del Ministerio de Hacienda. Esto le brinda al contador o empresario la tranquilidad de cumplir con la normativa sin procedimientos manuales adicionales.

Además, Factúrele registra estas operaciones para poder reflejarlas en reportes y en la declaración tributaria de manera apropiada (por ejemplo, considerarlas dentro de las ventas exentas o no gravadas en el periodo, según corresponda, de modo que su Declaración de IVA sea coherente con lo facturado).

📑 La factura electrónica de compra para servicios importados

Otro cambio fundamental que trae la versión 4.4 de la facturación electrónica en Costa Rica es el ajuste relacionado con la importación de servicios. A partir de la entrada en vigor de esta versión, los contribuyentes que adquieran servicios a proveedores del exterior (servicios importados) deberán emitir un comprobante electrónico especial denominado Factura Electrónica de Compra para respaldar dicha transacción.

facturele facil de usar contadores Ventas Sucesivas y Servicios Importados: Indispensable en la factura electrónica 4.4 | Boletín Facturele #25

Esto significa que si su empresa contrata, por ejemplo, un servicio de consultoría, software, marketing, diseño u otro servicio brindado por una empresa ubicada fuera de Costa Rica, ya no bastará con recibir la factura extranjera y hacer un asiento contable interno. Ahora será obligatorio ingresar a su sistema de facturación electrónica y generar una “factura de compra” que complemente la factura original del proveedor extranjero.

Básicamente, es un comprobante emitido por el comprador local (usted, el contribuyente en Costa Rica) para documentar ante Hacienda la adquisición de un servicio prestado por alguien fuera del país. No es una factura que se le envíe al proveedor (quien quizás ni está registrado en Costa Rica), sino un mecanismo interno para dejar constancia electrónica de la operación en los sistemas de la DGT. El objetivo principal es que la Administración Tributaria tenga conocimiento de los servicios que se importan y pueda controlar el adecuado pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) asociado.

En términos simples, es una forma de “autofacturación”: usted se emite a sí mismo un comprobante por el monto del servicio importado, sobre el cual calculará el IVA correspondiente como si fuese una venta, cumpliendo así con el requisito de declarar ese impuesto.

Es importante destacar que esto no implica pagar el servicio dos veces, sino más bien documentar y pagar el IVA de ese servicio importado de manera transparente. Antes de la versión 4.4, la práctica común era registrar el gasto y luego declarar el IVA de importación de servicios directamente en el formulario de declaración (D-104), a veces bajo códigos genéricos. Con la nueva exigencia, Hacienda obtiene información más granular: sabrá qué servicio se importó, de qué proveedor extranjero proviene, en qué fecha y por qué monto.

Por ejemplo, “Si se contrata un servicio de diseño de mercadeo a una empresa de Guatemala, además de la factura digital que envía esa empresa, se deberá generar un comprobante electrónico en Costa Rica para registrar y documentar la transacción”. En otras palabras, su sistema de facturación deberá generar un documento local (factura de compra) reflejando esa misma operación. Esta medida busca evitar evasión en el IVA de servicios importados, pues obliga a todos los contribuyentes a declarar explícitamente estas compras mediante un comprobante fiscal válido ante Hacienda.

Recordemos que según la Ley del IVA costarricense, los servicios prestados por no domiciliados (proveedores del extranjero) están sujetos al impuesto cuando son consumidos en Costa Rica. El responsable de declararlo y pagarlo es el adquirente local.

Con la factura electrónica de compra, el sistema queda consolidado: al emitirla, usted reconoce ese IVA por pagar. Idealmente, en su Declaración mensual de IVA, ese monto aparecerá tanto como IVA débito (por la autofactura) como IVA crédito (si el servicio está relacionado a su actividad gravada y por tanto puede deducirlo), resultando en un neto cero si corresponde – similar al mecanismo de reverse charge usado internacionalmente. No obstante, incluso en casos donde el crédito inmediato no proceda, la DGT tendrá rastro de la obligación.

Consciente de la importancia de esta obligación, Factúrele ha actualizado su software para facilitar al máximo el cumplimiento. Nuestra plataforma ahora permite generar de forma sencilla la Factura Electrónica de Compra para documentar sus servicios importados en Costa Rica. Al ingresar una compra de servicio a un proveedor del exterior, Factúrele le guiará para crear el comprobante electrónico correspondiente, incorporando los datos requeridos (identificación del proveedor no domiciliado, descripción del servicio, monto, impuestos, etc.) conforme a las especificaciones de Hacienda.

Además, Factúrele ofrece un nuevo reporte especial de “Servicios Importados”, diseñado específicamente para ayudar a contadores y empresas a hacer seguimiento de todos los servicios adquiridos en el exterior y su tratamiento en IVA. En este reporte podrá ver, por cada periodo fiscal o rango de fechas, el listado de facturas de compra emitidas, con detalles como: nombre del proveedor extranjero, país de origen, tipo de servicio, monto en moneda local, IVA calculado, y si dicho IVA fue aplicado como crédito fiscal.

Este reporte es una herramienta valiosa de control interno y externo: le permitirá verificar que no se le escape declarar ningún servicio importado, y en caso de fiscalización, tendrá a mano un documento resumido respaldatorio de todas esas operaciones. En esencia, simplificamos el cumplimiento tributario al automatizar la generación de comprobantes obligatorios y brindar informes listos para revisar o entregar al auditor.

Por supuesto, Factúrele integra automáticamente la información de estas facturas de compra en los demás módulos del sistema: por ejemplo, los montos irán a sus libros de compras, afectarán el cálculo de su impuesto acreditable y formarán parte de la base de datos que alimenta la declaración de IVA sugerida que nuestro software prepara.

🔄 Actualización de la Declaración del IVA con Factúrele

Uno de los beneficios más destacados de utilizar Factúrele es que nuestro sistema brinda a los clientes un prellenado o elaboración de la Declaración del IVA (Formulario D-104) con base en la facturación e información registrada. Pues bien, con los cambios de la versión 4.4, hemos actualizado también el módulo de declaración de IVA para que refleje todas las novedades, garantizando que sus declaraciones mensuales estén completas y correctas sin esfuerzo adicional de su parte.

¿Qué implicaciones tiene esto? Principalmente, que todos los datos derivados de las nuevas funcionalidades se incluirán en su declaración de forma adecuada:

Ventas marcadas como ventas sucesivas

Las ventas marcadas como ventas sucesivas (mercancía no nacionalizada) aparecerán clasificadas correctamente. Si bien estas ventas no generan débito de IVA en el momento de la factura (porque el IVA se causará en la importación posterior), sí deben informarse en la declaración en la sección correspondiente a ventas exentas o no gravadas (dado que, desde la perspectiva del periodo mensual, fueron ventas sin IVA). Factúrele se encarga de colocarlas en el rubro correcto, evitando confusiones.

De esta forma, su D-104 reflejará el monto de dichas ventas sucesivas pero sin calcular impuesto, cumpliendo con la normativa de reporte. Esto es crucial para que la Administración Tributaria pueda cuadrar que esas ventas tengan luego un correlato en las importaciones de su cliente comprador.

Compras de servicios importados

Las compras de servicios importados que usted documentó con facturas electrónicas de compra serán incorporadas automáticamente en la declaración. Factúrele sumará el IVA de importación de servicios que deba pagarse y lo ubicará en la casilla correspondiente de IVA débito por importación de servicios, a la vez que ubicará el mismo monto en IVA crédito (si aplica la deducción inmediata, según las reglas vigentes).

El resultado es que su formulario D-104 quedará correctamente lleno, mostrando que declaró esos servicios y el impuesto asociado. Esto le evita tener que calcular manualmente esos importes cada mes o correr el riesgo de olvidarlos (lo cual podría acarrear multas o intereses por omisión). En pocas palabras, cero errores y cero estrés: Factúrele hace el trabajo por usted.

Códigos de referencia para descuentos o el Desglose de productos en combos

Otros cambios de la versión 4.4, como los nuevos códigos de referencia para descuentos o el desglose de productos en combos, también han sido integrados en nuestra plataforma y, por ende, cualquier efecto que tengan en su declaración de IVA está contemplado. Por ejemplo, la versión 4.4 introduce 11 códigos para categorizar tipos de descuento (descuento comercial, por volumen, bonificaciones, autoconsumo, regalías, etc.). Factúrele permite usar estos códigos en las notas de crédito o líneas de detalle, y llevará registro de cómo afectan el IVA (p. ej., descuentos que reducen la base imponible de ventas).

Del mismo modo, si su negocio arma combos o paquetes de productos, ahora Hacienda requiere que desglose los ítems que componen el combo en la factura. Con Factúrele, podrá hacerlo de forma sencilla y su declaración de IVA reflejará correctamente esas ventas con sus componentes.

En resumen, Factúrele mantiene actualizados todos sus reportes tributarios y la declaración de IVA conforme a las últimas exigencias de la DGT. Esto es un gran alivio tanto para contadores profesionales como para pequeñas empresas que quizás no cuenten con un departamento fiscal robusto. Usted no tiene que preocuparse por si Hacienda modificó una casilla, añadió un campo o cambió la forma de reportar algo: nosotros ya lo hicimos por usted en el software. Su responsabilidad se simplifica a revisar la declaración sugerida que Factúrele le proporciona y presentarla ante la Administración Tributaria, con la confianza de que está correcta y completa.

📌 Conclusiones y llamado a la acción

La evolución a la facturación electrónica 4.4 en Costa Rica representa un paso adelante en transparencia y control fiscal. Cambios como el código para ventas sucesivas vienen a solucionar situaciones especiales (como ventas en almacén fiscal) que antes carecían de un tratamiento electrónico apropiado, cerrando brechas que podían dificultar el cumplimiento tributario. Del mismo modo, la obligación de emitir facturas electrónicas de compra por servicios importados asegura que el IVA de estos servicios sea declarado de manera formal y verificable, combatiendo la evasión y equiparando las reglas del juego para todos los contribuyentes.

En suma, la versión 4.4 trae más de 140 ajustes que modernizan la facturación electrónica costarricense, alineándola con las mejores prácticas internacionales y con el proyecto Hacienda Digital para mejorar la gestión tributaria.

Para los contadores, pymes, empresarios y emprendedores esto implica desafíos iniciales de adaptación, pero también grandes oportunidades de mejorar sus procesos. Aquí es donde Factúrele se convierte en su mejor aliado. Nuestro compromiso es mantenerlo al día, facilitarle las tareas fiscales y ahorrarle tiempo y recursos en la administración de su negocio. ¡No espere hasta el último momento para adaptarse a la versión 4.4! La mejor decisión que puede tomar hoy es adoptar Factúrele como su sistema de facturación electrónica (si es que aún no lo ha hecho) o aprovechar al máximo las nuevas funcionalidades si ya forma parte de nuestra familia.

Factúrele incorpora automáticamente todas las disposiciones de Hacienda (v4.4 y futuras), garantizando que sus facturas electrónicas siempre estarán válidas y aceptadas por la DGT sin contratiempos. Usted evita rechazos de comprobantes por esquemas incorrectos y se adelanta a los cambios normativos.

Con nuestras actualizaciones, ya no tiene que elaborar manualmente reportes de IVA en servicios importados ni recalcular declaraciones. Todo está preconfigurado. Su contador puede enfocarse en el análisis y no en la digitación de datos.

Además del nuevo reporte de servicios importados, Factúrele ofrece múltiples informes (ventas, compras, cuentas por cobrar, etc.) que le brindan una visión clara de su situación fiscal en tiempo real. Esta información le ayuda a tomar decisiones informadas y a estar siempre listo ante una eventual fiscalización.

Aunque debajo del capó manejamos conceptos técnicos complejos (como códigos XML, formatos electrónicos, integración con Hacienda), la interfaz de Factúrele es sencilla e intuitiva. Cualquier emprendedor puede emitir su factura electrónica de compra Costa Rica o marcar una venta sucesiva con unos pocos clics. Y si surge alguna duda, nuestro equipo de soporte está listo para asistirle y capacitarlo, de la mano de expertos tributarios.

Factúrele es una solución escalable. Funciona igual de bien para un profesional independiente que factura unas pocas transacciones al mes, como para una pyme o empresa grande con cientos de facturas diarias. Las nuevas funciones (como el recibo electrónico de pago para ventas a crédito, también incluido en v4.4) están disponibles para quien las necesite, pero no estorban si su operación no las usa. Usted configura su facturación según su realidad y crece con nosotros.

En Factúrele, nos enorgullece contribuir al cumplimiento tributario de nuestros clientes, convirtiendo lo que muchos perciben como trámites engorrosos en procesos automatizados y confiables. Nuestro boletín tributario No. 25 es parte de ese esfuerzo educativo continuo por el beneficio de los contribuyentes.

Lo invitamos a dar el siguiente paso

Si desea simplificar su facturación electrónica y asegurarse de cumplir con todos los requisitos de la versión 4.4, ¡pruebe Factúrele hoy mismo! Contáctenos para una demostración personalizada o regístrese en nuestro sitio web. Descubra por qué miles de empresas en Costa Rica ya han confiado en Factúrele para gestionar sus comprobantes electrónicos, reducir riesgos fiscales y optimizar su tiempo.

En este entorno cambiante – con nuevas regulaciones como los códigos de ventas sucesivas, facturas de servicios importados y más – usted necesita una herramienta de confianza. Factura electrónica, facturación electrónica eficiente, servicios importados bajo control… todo en un solo lugar: Factúrele.

¡Adapte su empresa al futuro de la facturación electrónica en Costa Rica con Factúrele y manténgase siempre un paso adelante en cumplimiento y productividad!

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