Nuevos códigos de notas de crédito: Cambios en Costa Rica para noviembre 2026 | Boletín Tributario #48

Nuevos códigos de notas de crédito: Cambios en Costa Rica para noviembre 2026

Boletín Tributario

Desde el primero de noviembre de dos mil veintiséis, los sistemas de facturación electrónica en Costa Rica deben incorporar los nuevos códigos de notas de crédito y de referencia definidos por Hacienda. No es una versión nueva: se sigue emitiendo en versión cuatro punto cuatro. Lo que cambia es el catálogo que indica por qué se emite una nota de crédito o de débito, y eso tiene un efecto directo sobre el período en que se registra una corrección.

Por qué importa ahora y a quién afecta

La fecha límite de aplicación es el primero de noviembre de dos mil veintiséis. El Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Tributación comunicaron el ajuste el veintidós de abril de dos mil veintiséis y lo habilitaron desde ese momento en los ambientes de pruebas y de producción. El uso anticipado era voluntario; desde el primero de noviembre los códigos deben estar implementados en los sistemas de emisión.

Afecta a toda persona física o jurídica que emita comprobantes electrónicos: trabajadores independientes, profesionales, comercios, pymes y empresas. También a los despachos contables, porque la elección del código determina en qué mes queda la corrección.

Calendario de noviembre de 2026 junto a una nota de crédito que corrige una factura de un mes anterior
Desde noviembre, la elección del código determinará el mes en que se registra la corrección.

Lo que se suele confundir

Conviene distinguir entre la vigencia de una versión y la aplicación de una actualización posterior. La versión cuatro punto cuatro es obligatoria desde el primero de septiembre de dos mil veinticinco. Lo que se activa en noviembre es una actualización del documento de Anexos y Estructuras de esa misma versión.

Tampoco es cierto que en noviembre «empiecen a funcionar» la factura electrónica de exportación o el recibo electrónico de pago. Ambos comprobantes ya existen. La novedad son dos códigos que permiten referenciarlos correctamente desde otro comprobante.

Por último, los campos de identificación ahora admiten cédulas jurídicas alfanuméricas, pero Hacienda condiciona su uso a que el Registro Nacional comunique la fecha del cambio. Que el campo lo permita no significa que esas cédulas ya circulen.

Qué cambia: los códigos nuevos y ajustados

El comunicado oficial de la DGT incorpora estos cambios en las notas nueve y diez del documento técnico:

Catálogo Código Nombre Uso
Nota 9: código de referencia 12 Nota de crédito financiera por exoneración posterior a la facturación Ajustado. Solo notas de crédito financieras; el efecto se reconoce en el período en que se emite la nota.
Nota 9 13 Anula documento de referencia por error material Nuevo. Efecto en el período del comprobante modificado.
Nota 9 14 Corrige monto por error material Nuevo. Efecto en el período del comprobante modificado.
Nota 9 15 Sustituye comprobante electrónico por error material Nuevo. Se usa en el comprobante que reemplaza a uno anulado con el código 13.
Nota 9 16 Sustituye comprobante electrónico rechazado Nuevo.
Nota 9 17 Pago a comprobante electrónico Nuevo. Uso exclusivo del recibo electrónico de pago.
Nota 10: tipo de documento de referencia 19 Factura electrónica de exportación Nuevo.
Nota 10 20 Recibo electrónico de pago Nuevo.

Ojo: las notas nueve y diez son catálogos distintos. Un mismo número puede significar cosas diferentes en uno y en otro.

El cambio con más consecuencias: el período de la corrección

Cuando se usan los nuevos códigos de notas de crédito 13 o 14 en una nota de crédito o débito, el efecto contable debe reflejarse en el mismo período en que se emitió el comprobante que se modifica. Si en noviembre corrige por error material una factura de agosto, la corrección pertenece a agosto, un mes que usted ya declaró.

Eso puede llevar a revisar la declaración de ese mes y, según el resultado, a rectificarla: si el impuesto del período original era mayor, habrá una diferencia por pagar con sus intereses; si era menor, podría quedar un saldo a favor.

Un punto no está resuelto en las fuentes oficiales que pudimos consultar: cuándo un error detectado dentro del mismo mes debe llevar los códigos 13 o 14 en lugar de los tradicionales 01 o 02. Antes de fijar un criterio interno, valídelo con su contador o mediante consulta a la Dirección General de Tributación.

Ejemplo costarricense (hipotético)

Una ferretería de Heredia emitió en agosto una factura por un millón ciento treinta mil colones, cuando el monto correcto era ciento trece mil colones: un cero de más al digitar. En noviembre el cliente lo señala.

Si la ferretería emite una nota de crédito con el código 14, la corrección pertenece a agosto. Su contador deberá revisar la declaración de IVA de agosto, que ya fue presentada. Si en cambio la nota obedeciera a una devolución real de mercadería en noviembre, el tratamiento sería distinto. La diferencia la decide el hecho, no el sistema.

Contador profesional revisando facturas físicas e información en un monitor
Revisar la declaración original será necesario al aplicar los códigos por error material.

Qué le toca al proveedor y qué le toca a usted

Al proveedor de software le corresponde actualizar el esquema, ofrecer los códigos nuevos y validar las estructuras antes del primero de noviembre. Si usted factura con un desarrollo propio o por API, esa tarea es de su equipo técnico.

Al contribuyente le corresponde el criterio: decidir si una corrección obedece a un error material o a un hecho posterior, como una devolución o un descuento, y medir el efecto en sus declaraciones. Ningún sistema puede saberlo por usted.

Qué hacer antes del primero de noviembre

  • Pregunte por escrito a su proveedor si ya incorporó los códigos 12 a 17, 19 y 20, y desde qué fecha.
  • Si usa una API o un desarrollo propio, pruebe el envío en el ambiente de pruebas de Hacienda.
  • Acuerde con su contador una regla interna para distinguir error material de hecho posterior.
  • Revise si tiene correcciones pendientes de meses anteriores y estime su efecto antes de emitirlas.
  • Capacite a quien emite notas de crédito: elegir el código equivocado puede dejar la corrección en el período equivocado aunque Hacienda acepte el comprobante.
Profesionales colaborando y analizando actualizaciones de software en una laptop
Capacite a quienes emiten las correcciones para evitar errores operativos durante la transición.

Cómo encaja Factúrele

Factúrele emite y recibe los comprobantes de la versión cuatro punto cuatro, entre ellos notas de crédito, notas de débito, factura de exportación y recibo electrónico de pago, e informa en su sitio que la plataforma ya está preparada para la actualización del primero de noviembre. Sus planes incluyen las actualizaciones normativas. La decisión sobre qué código usar sigue siendo suya y de su contador.

Conclusión

El primero de noviembre no cambia la versión, cambia la forma de explicar una corrección. Revise hoy su sistema y su criterio contable para no trasladar errores al mes equivocado. Si quiere ver cómo se emiten las notas de crédito en Factúrele, solicite una demostración.

Preguntas frecuentes

¿Hay una versión cuatro punto cinco?

No. Se sigue emitiendo en versión cuatro punto cuatro; se actualizó el documento de Anexos y Estructuras de esa versión.

¿Tengo que volver a emitir facturas antiguas?

No por este cambio. Los comprobantes aceptados se mantienen. Los códigos nuevos se aplican a las notas y comprobantes de referencia que se emitan.

¿Qué pasa si mi sistema no tiene los códigos el primero de noviembre?

No podrá usar la codificación que Hacienda exige desde esa fecha, y un comprobante con datos que no cumplan la estructura vigente puede ser rechazado. Confirme hoy con su proveedor.

¿Ya debo usar cédulas jurídicas alfanuméricas?

Su sistema debe aceptarlas, pero su uso depende de que el Registro Nacional comunique la fecha. A la fecha de esta actualización no encontramos una fecha oficial publicada.

Mantenga su facturación al día con los cambios normativos

No se arriesgue a aplicar códigos obsoletos que alteren sus meses cerrados. Nuestro sistema se actualiza automáticamente con los requerimientos de la DGT para que usted y su contador gestionen las correcciones tributarias con total seguridad.

Fuentes y recursos relacionados

Facebook
Pinterest
Twitter
LinkedIn

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

contáctanos y

Agenda Una Demostración